Reglamento

Por cuenta y orden de TELEFONICA MOVILES ARGENTINA S.A

Por cuenta y orden de TELEFONICA MOVILES ARGENTINA S.A Condiciones Particulares para la Subasta N° 27 DE FECHA 31/10/2024

Artículo 1.- Se deja expresamente aclarado que las unidades se ofrecen en el estado en que se encuentren, que el oferente declara conocer y aceptar, y que no se aceptará ningún reclamo al respecto una vez efectuada la oferta, pues el interesado admite que durante la exhibición ha revisado y controlado lo ofrecido conforme las modalidades y condiciones que se especifican seguidamente. Por lo tanto, se exime de toda responsabilidad a la firma vendedora por faltantes y/o daños que pueda tener la unidad, el estado del motor y funcionamiento de este, si no fuese constatado por los interesados en los días y horas propuestos de visitas. En todos los casos las características, kilometrajes, etc. de las unidades deben tomarse como aproximadas siendo obligación del interesado verificarlas durante la exhibición ya que posteriormente no se aceptará ningún tipo de reclamo. Sin perjuicio de la exposición virtual por esa vía, es de responsabilidad exclusiva de los usuarios cerciorarse del estado y condición en el que se encuentran los bienes.
Para participar del proceso de subasta electrónica, los usuarios deberán registrar sus datos en la plataforma web, de acuerdo al “Procedimiento de utilización de la Plataforma. http://albertobieule.subastasenvivo.com” donde aceptarán los términos y condiciones. Una vez inscripto se lo habilitará para participar del proceso y realizar ofertas de compra. La registración en la Plataforma implica la aceptación de las presentes condiciones como así también del Reglamento para la Subasta Online.- Además deberán concretar el depósito en garantía por la suma de $ 50.000.- (PESOS CINCUENTA MIL) por cada lote o vehículo a ofertar, mediante transferencia o depósito bancario a la cuenta del Martillero a saber: Banco Galicia caja de ahorros n° 4023769-8-182-8, CBU: 00701828-30004023769882, ALIAS: rematesbieule, debiendo acreditar el pago enviando el comprobante por correo electrónico a info@albertobieule.com.ar o por whatsapp al 1140731093. Estas tres instancias (registración, acreditación y transferencia) son requisitos esenciales para quedar habilitados a realizar ofertas para la adquisición del bien objeto de la subasta. La inscripción y depósito deberán realizarse HASTA 24 hs previo al comienzo de la subasta. El Martillero extenderá una constancia de admisión a los postulantes habilitados a efectuar ofertas. Si no resulta comprador al día siguiente de la subasta se devolverá el importe oportunamente acreditado. -
Artículo 2.- El Catálogo y la información suministrada en la plataforma web es confeccionado al sólo fin ilustrativo y para guía de los interesados. Por lo tanto, cualquier error u omisión en el mismo es involuntario y no responsabiliza al Martillero Alberto César Bieule ni a Telefónica Móviles Argentina S.A. (TMA) quien se reserva el derecho de retirar en forma parcial y/o total una o varias unidades hasta el momento mismo de la subasta, sin que ello pueda ser motivo de reclamo de ninguna índole por parte de los interesados. En el recibo otorgado en el acto de
la subasta, en ningún caso podrán figurar unidades que no se encuentren descriptas en el catálogo, caso contrario se deberá interpretar como un error involuntario, valiendo en tal caso y a todo efecto únicamente la descripción del catálogo.
Artículo 3.- PAGO AL MOMENTO DE LA SUBASTA: El Martillero se reserva el derecho de ofrecer alternando el orden numérico del catálogo. Las ofertas se efectuarán en forma virtual, recayendo la selección en aquella que resulte la de mayor valor, condicionada a la aprobación referida en el art. 5º. Finalizada la subasta virtual, el adquirente contará con un plazo máximo de 24 hrs. para abonar el 10% más IVA del precio ofertado (para ser aplicado a garantía de oferta), más $ 110.000.- (Pesos Ciento diez mil) I.V.A incluido, en concepto de gastos administrativos por cada lote que adquiera, mediante transferencia o depósito bancario a la cuenta del Martillero Banco Galicia caja de ahorros n° 4023769-8-182-8, CBU: 00701828-30004023769882, ALIAS: rematesbieule, debiendo acreditar el pago enviando el comprobante por correo electrónico a info@albertobieule.com.ar o por whatsapp al 1140731093.También podrá ser saldado con un cheque o efectivo en nuestras oficinas de la calle Cerrito 1548 piso 2° oficina “13”C.A.B.A de lunes a viernes de 10 a 15 hrs. siendo facultad del Martillero la aceptación de este medio de pago. Si ese cheque fuera devuelto por el banco girado por cualquier motivo que fuere, la operación podrá ser dejada sin efecto, no obstante, el oferente quedará obligado por el pago de dicho importe más gastos bancarios, considerándose la garantía de oferta como multa por la frustración del ofrecimiento, y como honorarios para el Martillero por su intervención en la venta, todo ello sin perjuicio de las acciones a que hubiese lugar. En el acto del ofrecimiento, los interesados deberán, indefectiblemente, acreditar su identidad y constituir domicilio.
Artículo 4.- OFERTAS BAJO SOBRE CERRADO: Se aceptarán ofertas bajo sobre cerrado, las que deberán ser presentadas por escrito o por email en las oficinas del Martillero (Cerrito 1548 piso 2° Oficina 13 C-P. 1010, en el horario de 10:00hs a 15:00hs) hasta las 48 Hs. antes del día de la subasta. Con la oferta se deberá adjuntar un cheque o transferencia por el 10% (Diez por ciento) más I.V.A. sobre el valor ofertado, más $ 110.000.- (Pesos Ciento diez mil) I.V.A incluido, en concepto de gastos administrativos por cada lote, a la orden de Alberto César Bieule. Las ofertas deberán ser especificadas por cada unidad y en forma independiente con un cheque por cada lote. El hecho de ofertar bajo sobre no exime al oferente del pago de la comisión correspondiente al Martillero. Las OFERTAS BAJO SOBRE CERRADO igualmente quedan condicionadas a la aprobación referida en el art. 5º.-
Artículo 5.-APROBACIÓN DE LAS OFERTAS: El resultado de las ofertas efectuadas por los interesados está SUJETO a la APROBACION por parte de Telefónica Móviles Argentina S.A (TMA), sin expresión de causa alguna, dentro de los 15 días hábiles posteriores a la subasta. El Martillero actuante en ningún caso será responsable de las demoras que pudieran existir en la aprobación de la subasta, en la devolución de importes, los que no estarán sujetos a actualizaciones ni intereses, ni por otras consecuencias por el retardo o por la no aprobación del lote. Queda definitivamente excluida la compra en comisión y la cesión de derechos, haciéndose saber que la adjudicación y documentación de transferencia de dominio respectiva recaerá en nombre de la persona que se halla identificado en el acto de la subasta y a cuyo nombre se emitió el comprobante de garantía de oferta.
Artículo 6.- LOTES NO APROBADOS: La no aprobación de las ofertas, en ningún caso hará responsable a Telefónica Móviles Argentina S.A. (TMA) ni a Alberto César
Bieule, ya que el hecho de formular la oferta y entregar la garantía de la misma, no implica adquisición de derecho alguno haciendo constar que no se trata de un importe confirmatorio, sobre los bienes ofrecidos. Si Telefónica Móviles de Argentina S.A.(TMA) no aprobará la/s oferta/s, el importe entregado por el interesado le será reintegrado (sin derecho de reclamar indemnización y/o incremento alguno por ningún concepto) contra entrega del comprobante respectivo, en las oficinas de Alberto César Bieule.
Artículo 7.- FALTA DE PAGO: Las facturas de compra contarán con un plazo de 15 días corridos para su cancelación, de no haberse cancelado en tiempo y forma las mismas serán dadas de baja, y se perderán los conceptos abonados como seña y gastos administrativos, sin necesidad de notificación alguna, por el mero transcurso del tiempo.
Artículo 8.- RETIRO DE LOS BIENES. PLAZO: El retiro de las unidades aprobadas (luego de haber sido íntegramente abonadas y haber sido completado los trámites de transferencia de dominio) es por exclusiva cuenta, cargo, riesgo y responsabilidad del comprador, como así también la responsabilidad del personal a su cargo, deberá ser efectuado dentro del plazo máximo de treinta (30) días desde la inscripción del bien a nombre del comprador y que estipulará Telefónica Móviles Argentina S.A (TMA) en forma programada. Por única vez, a pedido del comprador, Telefónica Móviles Argentina S.A. podrá prorrogar la solicitud de aquél plazo para el retiro de las unidades, siempre que existan causas debidamente justificadas y la prórroga fuera admisible de acuerdo a las necesidades de Telefónica Móviles Argentina S.A. Vencido el plazo para efectuar el retiro, o, en su caso, de ser solicitada la prórroga, desde el momento en que empieza a operar la misma, la parte vendedora no será responsable por los daños ocasionados a los bienes, como así de los faltantes que se registraren. El adjudicatario deberá pagar el uno por ciento (1%) sobre el precio abonado por día de retraso, el cual deberá ser efectivizado antes del retiro de la unidad. Se iniciarán las acciones legales correspondientes para lo cual Telefónica Móviles Argentina S. A. se reserva los derechos en este acto.-
Artículo 9.- UNIDADES A RETIRAR: El comprador no podrá retirar ninguna unidad que no sea la que se le ha adjudicado, y cuya descripción figura en el catálogo que integra el presente. Las unidades serán entregadas en un promedio de 30 (treinta) días posteriores a la fecha de pago y una vez que la transferencia de dominio se encuentre inscripta a nombre del comprador, para lo cual el mismo deberá suscribir la documentación necesaria y abonar los gastos correspondientes dentro de los 5 días hábiles posteriores a la cancelación de la factura.
Artículo 10.- BIENES REGISTRABLES: El bien será entregado al comprador cuando se encuentre inscripto a su nombre, para tal fin Telefónica Móviles Argentina S.A. designa a su gestor R.T.A. S.A. para realizar la inscripción de la transferencia de dominio ante el Registro de la Propiedad del Automotor; y todos los gastos, honorarios, aranceles y formularios que irrogue dicha transferencia serán a cargo del COMPRADOR. No se podrá optar por el pago diferido del impuesto de sellos y se deberá pagar en el acto de inscripción de la transferencia a nombre del comprador. Dentro del plazo previsto por las normas vigentes, aquellos compradores que se encuentran domiciliados en el Interior del país y no viajen a la ciudad de Buenos Aires a firmar, deberán remitir a su costo y cargo a R.T.A. S.A. los formularios 08 y fotocopias de DNI certificados por Escribano y legalizados por el Colegio de Escribanos que corresponda. A tal fin el comprador una vez que haya cancelado la factura dentro de los 15 días corridos de recibida y enviado copia del
comprobante al mail designado, Telefónica Móviles Argentina S.A.(TMA) realizará la verificación de la acreditación bancaria del pago y luego R.T.A. S.A. se contactará con los compradores para coordinar la cita para firmar los formularios 08 para efectuar la transferencia percibiendo en dicha oportunidad el importe correspondiente a aranceles y gastos de inscripción. En caso de no comparecer el comprador, se aplicarán las normas previstas en el presente para el incumplimiento en el retiro de los lotes. Con la documentación de la transferencia inscripta a nombre del comprador, el mismo se encuentra habilitado para retirar el bien. (Ver artículo 8).-
Artículo 11.- RESPONSABILIDAD: El comprador asume la responsabilidad para el caso en que con motivo de su permanencia (o la de su personal, o de terceros a su cargo), carga, retiro y/o traslado de las unidades en las instalaciones de Telefonía Móvil de Argentina S.A. ocasionará algún daño a bienes o personas de propiedad de este último o por la que éste deba responder, como así por los accidentes y daños que, durante la oportunidad de visita y/o retiro el comprador, su personal o terceros a su cargo pudieran sufrir, eximiendo de toda responsabilidad a Telefónica Móviles Argentina S.A. y a Alberto César Bieule. Asimismo, durante el retiro o en cualquier otro momento que debiera permanecer en dichas instalaciones, el interesado deberá respetar, el orden de retiro, las normas de seguridad y los horarios impuestos por Telefónica Móviles Argentina S.A.-
Artículo 12.- I.V.A. e INGRESOS BRUTOS: Telefonía Móvil de Argentina S.A. es Responsable Inscripto por lo cual esta venta se encuentra afectada por el Impuesto al Valor Agregado y se facturará de acuerdo a las normas legales vigentes y teniendo en cuenta la calidad del contribuyente aplicando los impuestos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes a la fecha de facturación. Para el caso de los IBB se facturará de acuerdo con la situación personal de cada comprador y según lo disponga la normativa vigente. Alberto César Bieule cobrará el 10% (Diez por Ciento) de comisión más el I.V.A. correspondiente sobre el valor aprobado.
Artículo 13.- EL MARTILLERO NO ES CONSIGNATARIO: En ningún caso Alberto César Bieule o el martillero interviniente podrá ser reputado consignatario del comitente ya que la venta se realiza a su nombre y por su exclusiva cuenta y orden quien se encuentra presente por medio de su legítimo representante de lo cual el oferente se encuentra debidamente notificado y ratifica firmando al pie.
Artículo 14.- JURISDICCIÓN: Para todas las controversias que pudieran surgir entre las partes se establece expresamente la jurisdicción y competencia de los tribunales ordinarios de la Capital Federal, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.
Articulo 15.- FORMAS DE PAGO: La factura emitida por Telefónica Móviles Argentina S.A. podrá abonarse por transferencia electrónica o cheque personal del oferente y/o cheque certificado en las cuentas bancarias que oportunamente se informarán cuyo titular el Telefonía Móvil de Argentina S.A. NO se aceptarán pagos en efectivo ni cheques de terceros. No se admiten pagos parciales, debiéndose abonar cada lote en forma total en un solo pago. Si ese cheque fuera devuelto por el banco girado por cualquier motivo que fuere, la operación podrá ser dejada sin efecto, no obstante el oferente quedará obligado por el pago de dicho importe más gastos bancarios.
Artículo 16: ACEPTACIÓN CONDICIONES: Los oferentes aceptan expresamente las condiciones precedentes, quedando en consecuencia sometidos a las previsiones del reglamento de subasta.